La resolución de protocolo de
participación propuesta por la UARIV, no es lo que discutieron y propusieron
las víctimas.
Alfonso Castillo
Presidente Asociación
Nacional de Ayuda Solidaria ANDAS
Transcurrido un poco más que un año
de iniciada la implementación de la ley 1448/11, el gobierno nacional ha
presentado una propuesta de resolución de protocolo de participación,
herramienta con la cual las víctimas reglamentarán toda la participación en las
instancias, desarrollos y evaluación de la Ley de víctimas.
El texto propuesto para la
discusión, mejora de manera considerable la primera propuesta presentada desde
mediados del año 2012, la cual tenía como problema fundamental que no se
trataba de un texto jurídico, además de ser un documento bastantes voluminoso. La
actual propuesta, es un texto de apenas 25 páginas y 55 artículos, que regula
los aspectos relativos a la participación efectiva de las víctimas del
conflicto armado.
Frente a esta nueva propuesta me
permito presentar algunas observaciones y consideraciones que espero serán de
utilidad para orientar las discusiones.
Aunque como lo hemos señalado
anteriormente, nos asalta la duda de quien finalmente avalará o aprobada este
documento, dado que la mesa transitoria expiró el 31 de marzo del 2013, y a la
fecha de hoy no han sido establecidas las mesas definitivas que menciona la ley
1448.
En primer lugar debemos señalar de
manera contundente de acuerdo a lo que han indicado varios compañeros y
compañeras que han participado en los talleres regionales en los que se
discutieron las propuestas de borrador de protocolo, que el texto de su
resolución propuesto por la UARIV, no
reconoce, ni tiene en cuenta los aspectos centrales de la discusión que se
realizaron tanto los 26 talleres regionales como en un taller nacional de la
mesa transitoria.
De esta manera, justamente uno los
aspectos más importantes que se plantearon en buena parte de los talleres, no
ha sido considerado, se solicitó con múltiples argumento la necesidad de que el
protocolo fuese un decreto reglamentario firmado por el coordinador del Sistema
Nacional de Atención Integral de Reparación a Víctimas (SNARIV), es decir el
ministro del interior, sin embargo lo que se está proponiendo es solo una
resolución firmada por la directora General de la UARIV.
Este, pareciendo un problema menor
tiene importantes efectos en la contundencia de lo que las víctimas han
solicitado en relación con las garantías
para el derecho a la participación efectiva, determinante, y que considere los enfoques diferenciales y los
hechos victimizantes. No es lo mismo un decreto reglamentario, que una
resolución, se trata de una situación de estatus jurídico, tiene sin duda más
contundencia y peso un decreto reglamentario firmado por un ministro del
despacho, que una resolución emitida por una unidad administrativa. Esta
insistencia en que se trate de un decreto reglamentario no tiene que ver con
demeritar el papel que juega la UARIV y su directora, tiene más que ver con la
experiencia que las víctimas tenemos en relación al cumplimiento o un
acatamiento que las autoridades territoriales tiene enfrente a los actos
jurídicos que se emiten desde Bogotá. Es decir se les da más importancia a unos
que a otros, y en el caso particular del tema de la participación y garantizar que esta sea asumida como la obligación del estado de
garantizar este derecho, es mejor tener las mejores provisiones jurídicas,
que comprometan a las autoridades municipales y departamentales. En el mismo
sentido nos asiste la experiencia que en este año de implementación de la Ley ha
tenido la propia UARIV, en relación con la coordinación del Sistema Nacional de
Atención Integral a las Víctimas el SNARIV, como todos sabemos éste no se ha
podido implementar, precisamente porque se presta poca atención a las
convocatorias que desde la unidad se hace por parte de los entes que deben
integrar el sistema.
Un segundo aspecto que desconoce
los aportes de las víctimas es el relativo a los incentivos materiales para la participación, en este sentido es
notoria la negativa persistente del gobierno a reconocer que la participación
de las víctimas en distintos escenarios es un trabajo profesional que demanda tiempo, con lo que se plantea en la
resolución que se propone por parte de la UARIV, no hay ninguna propuesta que
permita recoger la necesidad que plantearon las víctimas en los talleres para
que se reconozca de manera concreta esta participación, con lo que se formula
en la resolución, de nuevo los representantes de las víctimas que participan
los procesos que plantea la ley, “después
de tres o cuatro días de trabajo en estas convocatorias regresan a su casa sin
un centavo para aportar en el sustento familiar”, lo que en la práctica se
constituye en un incentivo negativo a la participación real y auténtica de las
víctimas en todo los procesos que propone la ley.
No menos importante también
planteado por las víctimas en los talleres es la forma en que se reconoce la
participación de las mujeres, de las comunidades afro descendientes, de los
pueblos indígenas y otros enfoques diferenciales. Es necesario garantizar que
la participación de las mujeres en todo estos escenarios de representación sea del
50% y no del 30% como propone la resolución, igualmente es necesario diseñar un
mecanismo más amplio que permita la participación de los enfoques diferenciales
de mejor manera que lo que se propone y aun, que se amplíe la participación de
todo los hechos victimizantes.
Insiste del gobierno en considerar
la participación de las víctimas en las distintas mesas a través de tipologías,
para las cuales no hay organizaciones, con esto valdría la pena pensar que de
manera transitoria se posibilite la participación de la organizaciones de
víctimas en general, teniendo consideración con las que existen, y mejorando la
participación en mayor proporción de las organizaciones de población
desplazada. En general hay que señalar que actualmente no existen las
organizaciones de víctimas por hechos victimizantes como supone el gobierno
existen, desde mucho antes de la aprobación de la ley de víctimas en el país
hay organizaciones que agrupan diferentes tipologías de víctimas y esto es
necesario reconocerlo.
En varios talleres departamentales
igualmente las victimas hicieron propuestas en referencia a la necesidad de
incluir la participación de las víctimas que se encuentran fuera del país, este
aspecto no ha sido considerado en la actual propuesta de resolución. Se debe
considerar la participación de representantes de las víctimas en el exterior
tanto para la mesa nacional, como para los departamentos ubicados en zonas de
frontera y aquellos en los que se pueda presentar de manera organizada
representación de víctimas que se encuentran fuera del país.
Hace falta entonces que se tengan
en cuenta las jurisprudencias de la corte constitucional en relación a las
garantías al derecho a la participación particularmente el auto 383.
En relación con el articulado quisiéramos
presentar algunos aportes:
Artículos 2. El papel del protocolo o su objeto debe ser en todo
caso el de ser capaz de articular a las
instancias encargadas de la promoción de la política pública.
Artículo 6 Un principio importante que debe estar planteado en
el protocolo ha de ser el de garantizar
la responsabilidad del estado en el cumplimiento de la obligación de facilitar
los procesos de participación efectiva, decisiva y diferenciada a las víctimas.
Artículo 8 Funciones de la mesa incluir la elaboración del presupuesto de su funcionamiento, a partir
de la elaboración de un proyecto financiado por el estado que permita el
desarrollo de las actividades y el plan de trabajo de las respectiva mesa.
Artículo 22 Señalar en todo caso que el número de integrantes de
las respectivas mesas tal y como se plantea en este artículo es bastante
limitado tanto para la municipal, como para la departamental e igualmente para
la nacional.
Articulo 24 En el desarrollo de la
agenda de las respectivas mesas debe incluirse siempre una presentación por
parte de las organizaciones de víctimas y las organizaciones defensoras de las
víctimas sobre el proceso de implementación de la política pública en cada ente
territorial y a partir de ello abrir un debate que permita balancear dichos
desarrollos.
Finalmente y no menos importante,
insistir algunas propuestas que son necesarias para que las organizaciones de
víctimas podamos desarrollar nuestro proceso de fortalecimiento, que sea capaz
de enfrentar de manera efectiva el incumplimiento sistemático del gobierno
nacional a la verdadera reparación y restitución.
1. Rechazar de manera categórica y enfática cualquier
pretensión de aprobar un protocolo sin que éste tenga en cuenta las propuestas
principales de las víctimas, es decir que éste sea un decreto reglamentario
firmado por el Ministro del Interior, o porque no una directiva presidencial, asimismo que no resuelva de manera
definitiva el tema de los incentivos económicos que reconozcan como trabajo profesional que debe ser remunerado el
ejercicio de la representación.
2. Participar activamente en la movilización del 9 de abril en
respaldo a la continuidad del proceso de paz y demandando real participación de
las víctimas en las discusiones que tienen relación con los derechos de las
víctimas en la Habana Cuba.
3. Preparar
una movilización nacional de las víctimas el día 10 de junio con ocasión de los
dos años de sancionada la ley.
4. respaldar
la propuesta impulsada desde hace un año por la Campaña Permanente, Tierra,
Vida y Dignidad de realizar un congreso o asamblea nacional de miembros de mesas municipales,
departamentales y nacional de víctimas en un plazo no mayor de seis meses, comprometer
al gobierno nacional en la financiación
La Asociación Nacional de Ayuda Solidaria ANDAS hace un llamado a las
organizaciones de víctimas y a las organizaciones defensoras de los derechos de
las víctimas para fortalecer el proceso de unidad, y no caer en la trampa de la
división, que tanto daño hace a las víctimas y a sus máximos objetivos de
lograr verdad, justicia, reparación integral, derrotar la impunidad y garantías
de no repetición para las víctimas.
Abril 4 de 2013.
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