Las razones de una movilización…
Viernes 24 de octubre 10:00 Bogotá
Son múltiples las razones que justifican la
realización de una movilización de las víctimas del conflicto armado, algunas
de estas motivaciones son de carácter estructural y tienen relación directa con
el funcionamiento del Estado Colombiano, como lo son la falta de equidad
social, la ausencia de democracia y la práctica de la violencia desde la institucionalidad
sobre las que este descansa. Otras son relativas a la Ley de victimas 1448, que
en 3 años ha demostrado las dificultades e inconsistencias que hace más difícil
el acceso de las víctimas a una adecuada, oportuna atención y a una reparación
y restitución con dignidad y proporcional al daño causado. Una cosa es la se
proclama por los altos funcionarios y otra la que se hace por quienes tienen el
encargo de ejecutar la política pública de atención a víctimas, quienes sin
voluntad política, poca experiencia y falta de presupuesto, termina re victimizando a las personas que acuden en procura de
restablecer sus derechos. Otras razones son provocadas por la negligencia y
falta de compromiso de las instituciones y sus funcionarios que hacen más
problemático y lento el acceso de las víctimas a una atención con dignidad y diferenciada.
El resultado de estas situaciones, no puede ser otro
que la mala atención a las víctimas, que acuden en búsqueda orientación y
solución a diversas situaciones que tiene que vivir una víctima en Bogotá.
Algunas de estas situaciones que provoca la mala
atención a las víctimas en Bogotá, y las insuficiencia y de la ley de víctimas,
las presentamos en forma de pliego exigencias, para interesar a la entidades
responsables de encontrar soluciones a esta problemática: Particularmente a la
UARIV, y por su intermedio al SNARIV, igualmente al Ministerio del Interior que
ejerce la secretaría técnica del mismo, al comisionado de paz Sergio Jaramillo,
al consejero presidencial para los derechos humanos Guillermo Rivera, a la Alta
Consejería Distrital de Victimas Ana Teresa Bernal, también interesar al
congreso de la república con el ánimo de promover un escenario de control
político a la ley 1448 y lograr la modificaciones que de manera urgente, están
reclamando las víctimas a lo largo y ancho del país, así como también lo han
hecho las víctimas del exilio y el refugio fuera del país.
Finalmente interesar a la corte constitucional para
que desde esta instancia se considere la real situación de las víctimas y haga el
respectivo seguimiento jurídico a las leyes y normas que se promueven para
garantizar los derechos de las mismas, al mismo tiempo exhortar a esta alta
corte, para que no levante el Estado de Cosas
Inconstitucional proclamado hace ya diez años a través de la sentencia
T025/04 ante el incumplimiento sistemático del gobierno a la ley 387 de 1997 y
que a la fecha de hoy persiste el incumplimiento de las órdenes emanadas para
garantizar la atención adecuada a las víctimas del desplazamiento forzado.
La idea este pliego es abrir un debate público sobre
los derechos de las víctimas y la necesidad de reformar la ley de víctimas, y
crear un escenario político favorable a los verdaderos derechos de las víctimas.
Cambios en la ley de
víctimas:
1. Se requiere con urgencia modificar la tabla de valores de pago de indemnizaciones, los
montos establecidos por la ley 1448 ofende la dignidad de las víctimas al
ofrecer unas sumas irrisorias por concepto de indemnización, en este sentido
proponemos que ese valor se multiplique por cinco, para cada uno los hechos
victimizantes planteados en la ley.
2. Es urgente modificar los procesos de restitución
de bienes y de tierras, en aquellos casos que no existen opositores proponemos se establezca un procedimiento administrativo,
que permita prontamente entregar los títulos de propiedad a los reclamantes sin
que medien procesos como lo actualmente existen de macro y micro focalización para
luego someterse a un procedimiento judicial que hace que cada proceso se demore
hasta un año. En este sentido proponemos
se desmonte la Macro y Microfocalizacion y se establezca un sistema de priorización
de zonas de restitución sin que en el intervenga el Ministerio de la defensa.
3. Se requiere se desarrollen procesos trasparentes de asignación de tierras a comunidades campesinas,
particularmente las que se encuentra bajo la administración de la Dirección
Nacional de Estupefacientes (Ley 975/07 y bienes incautados al narcotráfico)
allí se conoce de prácticas corruptas y de beneficio a grupos económicos, desconociendo
las víctimas.
4. Es necesario establecer
un procedimiento más rápido que permita a las víctimas que no han declarado
o que no se encuentran reconocidos por la ley, para acceder al derecho al
registro.
Mejoras en la atención
5. Crear un
mecanismo especial de atención a las víctimas que requieren acceso preferente a
los procesos de atención, reparación y restitución de tierras y bienes
despojados, particularmente a las Madres cabeza de hogar, adultos mayores,
niños y niñas víctimas del conflicto, discapacitados. Este mecanismo debe
disponer de los recursos económicos que permita que estas víctimas accedan de manera
pronta a sus requerimientos tanto de atención como reparación y restitución.
6. Exigimos el cumplimiento del artículo 140 de la
ley 1448 de 2011, así como las sentencias 1372 de 2010, C/291 de 2011 y 1184 de 2008 en su artículo 188, donde se declaran
exonerados del Servicio Militar
Obligatorio a los hijos de víctimas
y a víctimas del conflicto armado en Colombia, además
de estar exentos de pagos por derechos de la Libreta Militar y demás.
7. Exigir a todas las universidades públicas del
país, la asignación de 3.000 becas de
educación superior para víctimas del conflicto armado por año, que permita
a las víctimas, jóvenes y adultos, que deseen completar sus estudios
universitarios puedan hacerlo, accediendo a mecanismos transparentes de otorgamiento
los cupos para dichas carreras.
8. Establecer
cuotas de formación técnica en el SENA, que garanticen el fácil y gratuito
acceso de las víctimas a toda la oferta educativa de esta institución. Esta capacitación
debe acompañarse de capital semilla para el desarrollo de los proyectos de
emprendimiento a partir de su conocimiento y habilidad, este apoyo no debe ser inferior
a los 30 SMLV, por persona.
9. Garantizar
de manera efectiva que lo educación básica primaria sea gratuita, incluyendo,
uniformes, material educativo, alimentos calientes, trasporte, y atención médica,
psicológica.
10. Obligatoriedad
del ICBF y otras entidades públicas encargadas de atención a la primera
infancia, de otorgar cupos suficientes y gratuitos para hijos de las víctimas
de madres lactantes y menores hasta los 6 años en guarderías, sala cunas y
jardines infantiles.
11. Garantizar
el acceso de victimas en centros especializados en discapacidad, tanto para
adultos, infantes y adulto mayor, que facilites a sus cuidadores espacios
laborales y de estudio.
12. Que los
recursos que se entregan a los hijos (menores de edad) de las víctimas, por
concepto de indemnización sean entregados a sus tutores, considerando que
son ellos los que tienen la responsabilidad de garantizar su bienestar.
13. Elaboración
de un sistema de salud gratuito y público, especialmente dirigido a víctimas que atienda enfermedades crónicas,
de alto costo, salud mental, atención psicosocial continúa. Igualmente que
proporcione medicamentos, exámenes de laboratorio y consulta con especialistas.
Esta atención debe reconocer los enfoques diferenciales de género, etnia y generación.
Ayuda humanitaria
14. Es
urgente que el presupuesto anual asignado por el Estado Colombiano para el tema
de reparación y asistencia a las víctimas del conflicto armado, se duplique
teniendo como base el presupuesto aprobado en el año 2014, sólo así se podrán
superar las cifras, de atención, de reparación y de restitución.
15. Una forma de evitar la congestión que se registran los centros dignificar es iniciar
un proceso de bancarización, que permita que las víctimas tengan una cuenta
bancaria exenta de cobros financieros, lo cual permitirá, que una vez que se
consigne el Valor de la ayuda humanitaria en cada cuenta, ésta no sea devuelta
a la nación porque no fue reclamada prontamente, lo que actualmente está
sucediendo es que las víctimas deben presentarse permanentemente al centro
dignificar a averiguar si ya salió su ayuda, lo que genera congestiones
permanentemente, pero si en algún momento se consigna y la víctima no lo sabe,
los recursos son prontamente regresados a las cuentas de la nación, algunas
denuncias indican que los recursos no alcanzan a estar en el banco más de
quince días.
16. Resolver el
problema que se está presentando entre las ayudas que debe pagar la UARIV y las
que corresponden al ICBF, lo conveniente es unificar el pago de dichas
ayudas como sucedía en el pasado.
17. Que los
pagos se hagan de acuerdo a la normativa: auto 092, sentencia C-278, T-025, que
las ayudas humanitarias sean entregadas hasta que se supere la situación de vulnerabilidad.
Rechazamos la negación de este derecho a las víctimas con más de 10 de años de inscripción
como víctima de desplazamiento forzado, exigimos la inexcequibilidad del artículo
112 decreto 4800 de 2011
Prevención y protección
18. Es urgente que
el Estado Colombiano diseñe una política que permita prevenir los riesgos y
amenazas contra los y las defensoras de los derechos humanos así como a los
líderes y lideresas de víctimas y organizaciones de víctimas que trabajan
en procura el restablecimiento pleno de los derechos de las mismas
Otras
19. Garantizar
el cumplimento de la inversión de la carga de la prueba, hoy son las
victimas las que deben aportar las pruebas que demuestran su calidad de víctima
de despojo de bienes y tierras y con ello re victimizar a los solicitantes.
Atención a las víctimas en
Bogotá
20. Es necesario se establezca una mesa de
seguimiento y evaluación para superar algunos problemas que se presentan en el
tema de la atención a las víctimas en los centros dignificar:
21. Revisar la nómina de personal que se dedica a la
atención para verificar efectivamente la idoneidad y compromiso de los mismos.
22. Superar
los problemas que se presentan cotidianamente en los centros DIGNIFICAR, al
no contar con personal especializado al momento de la acogida, son múltiples
los inconvenientes que se viven diariamente cuando en las largas filas se
encuentran Madres cabeza de hogar con bebes de brazos, adultos mayores,
discapacitados, los cuales tienen que someterse no sólo la fila, sino a la
arrogancia de los guardas de seguridad.
23. Evaluar los
protocolos de atención periódicamente en compañía de las organizaciones de víctimas
a fin de verificar su cumplimiento y diseñar los correctivos conjuntos que
permitan dignificar la atención.
Respaldo al proceso de paz
24. Consideramos importante respaldar el proceso de diálogos que se adelanta entra las insurgencias
y
el Estado Colombiano, por considerar que este proceso es el aliento para
resolver dialogando el largo y doloroso conflicto armado, al igual que
consideramos que este debe desarrollar se bajó la condijo de cese bilateral de fuego
y hostilidades, así como la exigencia a las partes de no levantarse de la mesa
hasta el logro de un acuerdo definitivo de paz con justicia social.
Vivienda
para víctimas del conflicto armado
Respaldamos integralmente el pliego
por el Derecho a la vivienda digna para víctimas elaborado en la audiencia
pública de vivienda en Bogotá, convocado el 19 de septiembre de 2014 por el
comité central de vivienda
25. Se propone crear un fondo indemnizatorio, para la
construcción de vivienda digna de por lo menos 72 m² por núcleo familiar, dicho
fondo se debe crear a partir de la destinación de un 30%, del impuesto al
patrimonio y actualmente se discute en el congreso de la república en la
reforma tributaria, dicho fondo se complementará destinando un 20% de las
regalías procedentes de la explotación de los recursos minero energéticos del
país que actualmente se están concesionando.
TRECE
PUNTOS POR VIVIENDA DIGNA PARA LAS VÍCTIMAS DEL CONFLICTO ARMADO INTERNO
1. Crear un programa especial de vivienda para víctimas del conflicto
armado interno, totalmente financiado con recursos del Estado. Además de
nuestra condición de ciudadanos, el reconocimiento legal como víctimas indica
que nuestro derecho a la vivienda va más allá, pues se trata de que el Estado
restablezca unas condiciones de vida que nos fueron violentadas, debido a que
incumplió su deber de protegernos. Hablamos de un programa especial, para que
no ponga a las víctimas a competir por un techo, con los otros millones de
colombianos que carecen de ella. Reclamamos que sea totalmente financiado con
recursos del Estado, porque se trata de un derecho, no de un negocio, por tanto
su goce efectivo no debe depender de la capacidad de ahorro del beneficiario.
No es justo que se le pida a la víctima dedicar parte de lo obtenido con un
derecho – la indemnización administrativa – para subsidiar al Estado en el
cumplimiento de su obligación de garantizar vivienda digna.
2. Inclusión de dicho programa especial de vivienda en el Plan Nacional
de Desarrollo 2014 – 2018, y en el presupuesto correspondiente. Ahora que
el Gobierno Nacional se encuentra elaborando el proyecto de Plan Nacional de
Desarrollo, es la oportunidad para que demuestre la real prioridad que ocupan
las víctimas en la política social. Incluir el programa especial de vivienda
gratuita para víctimas, como parte esencial del Plan de Desarrollo y destinarle
recursos significativos durante toda su vigencia, es comenzar a atender
efectivamente una de las necesidades
críticas de los más de seis millones de víctimas, de manera estructural y con
visión de desarrollo.
3. Programa especial de vivienda que incluya las cinco modalidades que
contempla la ley, aplicables en cualquier parte del país: vivienda nueva –
vivienda usada – mejoramiento – construcción sobre lo construido – construcción
en lote propio. El programa actual de vivienda gratuita del Gobierno
nacional solamente ofrece la modalidad de vivienda nueva, con un área
construida que resulta insuficiente para el tamaño promedio de las familias
víctimas, predominantemente de origen campesino. Es necesario poder contar con
las otras opciones contempladas en la ley, que sean también 100% financiadas
por el Estado, y permitan desarrollar alternativas a problemas como el
hacinamiento, la escasez de tierra, o los altos costos de los proyectos
privados de construcción.
4. Garantizar el cumplimiento de los 14 derechos de retorno y reubicación
(establecidos en la Ley de víctimas y decretos reglamentarios), con la
ejecución del programa especial de vivienda digna y gratuita para víctimas del
conflicto armado. Implica articular con otros sectores como Educación,
Salud, Trabajo, de tal manera que la vivienda sea eje dinamizador del
restablecimiento del proyecto de vida, base de la estabilización socioeconómica
y componente fundamental del bienestar. Enmarcar el acceso y goce de la
vivienda en estos derechos, busca que las víctimas cuenten con mejores
posibilidades de adaptación, además de las elementales condiciones de
privacidad, respeto a la identidad e impulso a su propio progreso.
5. Garantizar la incorporación de los criterios diferenciales (para ciclo
vital, étnico, de género y discapacidad) en todo el ciclo de desarrollo del
programa gratuito de vivienda. Es necesario que se apliquen con
más rigor que hasta ahora, en el tema de vivienda, los diversos criterios
diferenciales establecidos en abundante normatividad, y que concretan la
dignidad del derecho. En cumplimiento de lo cual, se hace necesario establecer
en el programa especial de vivienda gratuita para víctimas, un porcentaje de
viviendas destinadas a satisfacer las necesidades específicas de los distintos
grupos poblacionales que gozan de especial protección constitucional.
Es necesario que representantes de
las víctimas tengan asiento en las instancias de planeación, control y
evaluación del sistema de vivienda, a fin de que puedan velar por el buen
desarrollo de la política, de acuerdo con sus legítimos intereses y derechos.
6. Garantizar la
vivienda gratuita también a víctimas solas, es decir, que no hacen parte de un
núcleo familiar. Es imprescindible que se respete y garantice con ello, sus
derechos fundamentales individuales a la igualdad y a la no discriminación, al
libre desarrollo de la personalidad; que se reconozca plenamente su condición
de víctima, en suma que se garantice el respeto a su dignidad humana.
7. Asignación de presupuesto al programa especial de vivienda durante los
4 años de vigencia del Plan Nacional de Desarrollo y su ejecución prioritaria. Esto será
prenda de garantía de que el programa logre reales impactos favorables en lo
social y lo económico. Se requiere que exista una bolsa especial para la total
financiación de las viviendas destinadas a la población víctima, en sus cinco
modalidades. Y que responda adecuadamente a las demandas territoriales.
8. Asignación de mínimo 65 salarios mínimos legales mensuales vigentes (smmlv)
y hasta 70 smlmv, aplicables a cualquiera de las cinco modalidades de
acceso a vivienda, dependiendo de las siguientes condiciones:
- Número de integrantes del núcleo
familiar.
- Costos de los materiales de
construcción y el transporte de los mismos (art. 14, ley 1537/12).
Se hace necesario que los gastos
que demanden los estudios técnicos, así como los costos de diseño y
administrativos, sean cubiertos de manera adicional a los 70 smlmv.
9. Financiar el programa de vivienda especial y gratuita para las
víctimas con un impuesto para la paz. Es hora de transformar el sentido
de las contribuciones de los colombianos y colombianas: no más plata para la
guerra. Se necesita una financiación de la paz, por lo que la reforma
tributaria que se anuncia debe apuntar principalmente a ello. Es posible
considerar, para estos propósitos, la destinación de un porcentaje de las
regalías petroleras y de los megaproyectos mineros, del impuesto llamado”4 por
mil”, del IVA y hasta de los ingresos por exportaciones. En este mismo sentido,
respaldamos la propuesta de los alcaldes para que se cree un Fondo para la Paz,
como componente del Plan Nacional de Desarrollo.
10. Exigir como único requisito para el acceso a la vivienda, el
reconocimiento como víctima en el Registro Único de Víctimas RUV. Desde un
enfoque de derechos, es necesario que se simplifiquen los requisitos y se
eliminen las barreras de acceso a la vivienda para las víctimas. Así como no es
moralmente aceptable que el derecho el acceso efectivo a vivienda dependa de la
ruleta de un sorteo, tampoco es admisible que se aplace indefinidamente su goce
por las barreras que constituyen el cúmulo de requisitos.
11. Consultar a las familias beneficiarias el tipo de vivienda y el lugar
de asignación. Esto se puede lograr si se desarrollan plenamente las
cinco modalidades de acceso a vivienda digna y si se atienden seriamente las
solicitudes de reubicación que hacen continuamente los ciudadanos y ciudadanas
víctimas. Aunque se reconoce que existe la limitación de tierra en algunos
municipios, también se sabe de numerosos sitios que no resultan atractivos para
las ganancias que esperan obtener los constructores privados. Por ello es
necesario también impulsar otras alternativas de construcción, entre las que se
encuentra la denominada OPV (Organización Popular de Vivienda).
12. Permitir la separación del núcleo familiar con las mismas garantías
de vivienda para cada uno de los nuevos núcleos resultantes, teniendo en cuenta
otras causales, además del abandono y la violencia intrafamiliar. Antes de
sufrir el desplazamiento forzado, la inmensa mayoría de las víctimas contábamos
con espacio vital suficiente para nuestros actuales y futuros núcleos
familiares. La demora en la reparación de los numerosos daños ocasionados por
los violentos, nos coloca en la situación actual, de crecimiento de nuestros
hijos y la multiplicación de la familia con el consiguiente derecho que tienen
a establecer su propio hogar. Es urgente que se respete el derecho de nuestros
hijos e hijas adultos a constituir una familia, de nuestros nietos y nietas a
contar con una familia plenamente constituida, en resumen a que se hagan valer
los derechos fundamentales para todos los
miembros de nuestras familias, sin discriminaciones.
13. Garantizar la participación de las víctimas en la discusión del Plan
Nacional de Desarrollo, con el fin de incluir el programa de viviendas
gratuitas para las víctimas del conflicto armado interno. En concreto
solicitamos, invocando el derecho a la participación democrática consagrado
constitucionalmente, lo siguiente:
1. A los ministros, al Director
Nacional de Planeación y demás autoridades integrantes del CONPES, que estudien
y encuentren la mejor manera de incorporar en el proyecto de Plan Nacional de
Desarrollo 2014 – 2018, el PROGRAMA ESPECIAL DE VIVIENDA DIGNA PARA LAS
VÍCTIMAS DEL CONFLICTO ARMADO INTERNO, totalmente financiado con recursos del
Estado.
2. A los presidentes de las
comisiones de Senado y Cámara, encargadas de discutir el proyecto de Plan
Nacional de Desarrollo, realizar una sesión informal con voceros del Comité
Central de Víctimas por vivienda digna, para que escuchen sus argumentos en
favor del PROGRAMA ESPECIAL DE VIVIENDA DIGNA PARA LAS VÍCTIIMAS DEL CONFLICTO
ARMADO INTERNO.
3. A la mesa directiva del Consejo
Nacional de Planeación, para que generen un espacio de escucha, en plenaria del
CNP, a la sustentación del PROGRAMA ESPECIAL DE VIVIENDA DIGNA PARA LAS
VÍCTIMAS DEL CONFLICTO ARMADO INTERNO, por parte del Comité Central de Víctimas
por Vivienda Digna.
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